Publicado el 18 Nov 2024 / Sin comentarios
Autores: Ariadna Guevara Guerra, Universidad Francisco de Vitoria y Fundación Europea Sociedad y Educación, y Miguel Ángel Sancho, presidente de la Fundación Europea Sociedad y Educación.
La Comunidad de Madrid ha anunciado recientemente la puesta en marcha de una medida en la educación madrileña: a partir de 2025, veinticinco colegios públicos ofrecerán los dos primeros cursos de Secundaria sin que los alumnos deban cambiar de centro. Este tipo de centros, que unen educación infantil, primaria y secundaria, ya existen en la Comunidad de Madrid. Hay alrededor de 40. Lo que ahora se pretende es su generalización a todos los nuevos que se creen y la transformación de algunos. Decisiones como esta persiguen mejorar la continuidad en el aprendizaje y combatir el abandono escolar en una etapa crítica para muchos estudiantes. Al mismo tiempo, se pretende fomentar un entorno seguro y estable que, se espera, proteja a los jóvenes de los problemas que suele suscitar esa transición.
Comunidades como Galicia, Castilla y León y Aragón ya implementan modelos similares en sus zonas rurales, permitiendo que los alumnos cursen toda su educación obligatoria en un mismo centro. Estas reformas reflejan un enfoque integral en la educación que, según expertos, podría ser una clave para enfrentar los desafíos sociales y académicos actuales.
El proyecto de Madrid abre el debate sobre los beneficios de los centros integrados para los estudiantes en una época en la que la educación no solo enseña, sino que también desempeña un papel fundamental en la construcción de una sociedad cohesionada y con menor tasa de abandono escolar.
La educación en España ha experimentado reformas legales significativas en las últimas décadas en lo que se refiere a la ordenación de las etapas educativas, reflejando los cambios políticos, sociales y culturales. La LOGSE (1990) estableció un cambio en la educación en España instaurando una nueva estructura para la educación obligatoria que se ampliaba hasta los 16 años. Se establecían dos etapas principales de aprendizaje, la educación primaria (que se cursaba en colegios) y la educación secundaria (en institutos).
La transición de una etapa a otra en edades de 11 o 12 años con el cambio físico de centros, metodología y modelo docente, supuso una serie de problemas de adaptación en el alumnado.
Estos problemas trataron de paliarse de diferentes maneras como, por ejemplo, la permanencia del profesorado de la antigua EGB en 1º y 2º de secundaria, tal y como se establecía en la disposición transitoria cuarta de la LOGSE. La LOE (2006) ante las dificultades que seguía presentando esta transición, contemplaba en el artículo 111.5, la posibilidad de agrupar las enseñanzas de manera distinta a las establecidas en dicho artículo, correspondiendo a las Administraciones educativas determinar su denominación con el objetivo de facilitar la adaptación de los estudiantes a los nuevos centros.
El Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria, ofrece un cauce jurídico al mantenimiento o creación de centros en los que se impartan todos los cursos que conforman la enseñanza obligatoria indicando los requisitos de espacios que deben ofrecer. Tal y como observamos en el artículo 20.2 de dicho decreto, se flexibilizan los requisitos de instalaciones para los centros en los que se imparte educación primaria y educación secundaria en un mismo edificio escolar.
En la LOMLOE (2020), con el objetivo de reducir la dificultades que entraña el cambio de primaria a secundaria en el modelo actual que instauró la LOGSE, se establecen medidas para facilitar la transición de primaria y secundaria. Así, el artículo 20.3 dispone que al finalizar la etapa, el tutor emitirá un informe sobre el aprendizaje, los objetivos alcanzados y las competencias adquiridas. También el artículo 24.4 menciona que, para favorecer la transición entre educación primaria y educación secundaria obligatoria, las Administraciones educativas procurarán que los alumnos y alumnas de primero y segundo cursen un máximo de una materia más que las áreas que componen el último ciclo de educación primaria.
En este marco normativo, como se ha señalado antes, algunas CCAA mantuvieron la enseñanza obligatoria en un mismo centro por diversos motivos como se detalla a continuación.
Los primeros Centros Públicos Integrados (CPI) en Galicia se establecieron bajo el Decreto 7/1999, con el objetivo de ofrecer educación primaria y secundaria en una misma institución, adaptándose a las necesidades de zonas rurales y evitando desplazamientos de estudiantes. Actualmente, existen 64 CPI distribuidos por Galicia, permitiendo una transición educativa en un solo centro, algo beneficioso según estudios que destacan el impacto positivo de este modelo en la continuidad educativa y emocional de los estudiantes. En 2017, la Consellería de Educación reorganizó algunos CPI en CEIP, separando primaria y secundaria, lo que generó protestas por parte de familias y comunidades, quienes argumentan que los cambios de centro afectan negativamente a estudiantes vulnerables y proponen programas de adaptación. El debate se mantiene en Galicia, donde el modelo CPI sigue siendo considerado por muchos como un recurso clave para la educación rural.
En Castilla y León, los Centros de Educación Obligatoria (CEO) surgieron, al igual que en Galicia, para responder a las necesidades educativas en áreas rurales dispersas. Creados bajo el Decreto 34/2002, estos centros ofrecen Educación Primaria y Secundaria en un solo lugar, evitando el traslado de estudiantes a otros municipios y asegurando la continuidad educativa en zonas rurales. Actualmente, existen 11 CEO distribuidos por la comunidad, según el Directorio de Centros de la Consejería de Educación.
En Aragón, existen dos tipos de Centros Integrados Públicos. Los centros de nueva creación, previstos por el Decreto 40/2017, de 28 de marzo, del Gobierno de Aragón y los de transformación que, siendo colegios, con el paso del tiempo han acogido a la enseñanza Secundaria. Respecto a los centros de nueva creación, todavía es pronto para valorar si se han observado beneficios. No obstante, hay una opinión positiva de las familias de los alumnos así como se expone la facilidad del transporte de los niños a las escuelas en el mismo municipio. También contribuye a paliar el problema de las desigualdades territoriales y demográficas de la Comunidad Autónoma.
En Cataluña, a partir de la ley 12/2009, de 10 de julio, de Educación de Cataluña, se define en el artículo 75.1.e), los Institutos Escuelas como aquellos centros que integran, entre otras enseñanzas de régimen general, educación primaria y secundaria. Estos centros traen muchos beneficios a los alumnos en un contexto territorial y socioeducativo desfavorecido puesto se promueve especialmente la orientación a los alumnos tanto en el ámbito personal, como académico y vocacional.
La iniciativa puesta en marcha en la Comunidad de Madrid, que permite la continuidad educativa desde la etapa de primaria hasta los dos primeros años de secundaria, se suma a los esfuerzos de otras comunidades. Al restringirla a los dos primeros años de Secundaria obligatoria plantea la duda de ruptura del ciclo completo como indica el Decreto 132/2010. Con independencia de cómo se articule la norma reguladora de dichos centros, presenta una ocasión propicia para abordar con mayor profundidad los problemas crecientes que presenta la transición actual. Para ello,
Sería conveniente que las administraciones públicas que están promoviendo este tipo de centros realicen un tipo de evaluación que realmente permita comprobar los beneficios que reporta frente al modelo general. Ello permitiría fundamentar con evidencias posibles cambios en el sistema actual de ordenación de las enseñanzas.
18 noviembre, 2024
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