Análisis: el blog de Sociedad y Educación

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Publicado el 08 Oct 2019 / Sin comentarios

¿Ha evolucionado el índice de autonomía escolar en España?

Autor: Miguel Ángel Sancho Gargallo.  Presidente de la Fundación Europea Sociedad y Educación.

 

Desde hace unos años la autonomía escolar está siendo considerada como uno de los pilares de las reformas educativas. Lo vemos reflejado tanto en las evaluaciones internacionales (OCDE 2012, 2015), como por la atención que le prestan los informes internacionales (Education at a Glance), constituyendo un indicador de referencia para analizar los sistemas educativos. Dichos informes e indicadores suscitan numerosas cuestiones y, entre ellas, algunas nos permiten valorar si ha evolucionado el grado de autonomía escolar en nuestro país.

 

 Los diversos gobiernos que han elaborado leyes o proyectos de ley han dedicado un apartado y varios artículos a regular la autonomía de los centros educativos, en el marco de unas exposiciones de motivos donde se resalta la importancia de la autonomía para la mejora de la educación ¿Se corresponden esas afirmaciones con una evolución de la autonomía escolar reflejada en más capacidad de decisión en el ámbito de la escuela?

 

Para tratar de responder a esa cuestión podemos servirnos de la información que aportan los informes Education at a Glance cuando han incluido los datos del INES. El programa de Indicadores de Sistemas Educativos (INES en inglés) es una fuente autorizada para la producción de información precisa y pertinente sobre la educación en todo el mundo.

 

En el gráfico 1 se recoge el porcentaje de decisiones tomadas por el centro educativo, distinguiendo los cuatro campos de decisión que identifican este tipo de informes. Aunque puede variar algún aspecto metodológico (modo de confeccionar el panel de consulta, número de ítems que componen el campo, etc.), la información que proporciona es suficientemente significativa a efectos de observar la tendencia y la evolución de las áreas relacionadas con la toma de decisiones.

 

Gráfico 1. Evolución de la autonomía escolar según áreas de decisión en centros públicos (porcentajes). Años 1998 a 2018.

Nota: en “Recursos”, en 2018, el dato del 25% corresponde a decisiones tomadas en un nivel superior de la administración después de haber consultado al centro educativo.

Fuente: elaboración propia a partir de los informes Education at a Glance.
Nota: en “Recursos”, en 2018, el dato del 25% corresponde a decisiones tomadas en un nivel superior al de la administración después de haber consultado al centro educativo.

 

La proporción en la relevancia de la toma de decisiones en cada campo se mantiene con algunos ligeros cambios. Resulta especialmente llamativa la referente a “Planificación y estructuras” que, salvo en 1998[1], se ha mantenido sin ningún valor (0) al recoger unos ítems que exceden la competencia del centro (por ejemplo, creación y extinción de escuelas…) También es lógico que las decisiones relacionadas con el día a día del centro, incluidas en el apartado “Organización e instrucción”, respondan a una mayor capacidad de decisión de la escuela.

Pero, en general, podemos observar que no ha habido una evolución significativa y que, en lo referente a la gestión de las personas y recursos, la capacidad de tomar decisiones es bastante escasa.

El nivel de autonomía escolar en España en relación a otros países, tal y como se recoge en los Indicadores 2019 (ver gráficos 66 y 67), en el gráfico 45 de la edición de 2016 y en el gráfico 40 de la de 2017, es inferior a la media de la OCDE y se encuentra en el grupo de países que presentan una menor capacidad de toma de decisiones a nivel escolar. ¿Por qué esta disociación entre lo que se declara o lo que se regula y la realidad? En mi opinión, porque no se abordan ni la causa real del problema ni las dificultades que implica el cambio: por la naturaleza jurídica del centro público como unidad administrativa desconcentrada de una estructura jerárquica y por el marco regulatorio general aplicable a un ente público de esa naturaleza, como las leyes de la función pública y de la gestión económico- financiera[2].

Hay que hacer un esfuerzo para abordar la causa real del problema y las dificultades que implica el cambio.

Se necesita, por tanto, flexibilizar el marco regulatorio o proponer nuevas figuras [3] que permitan una mayor y efectiva autonomía escolar, sobre todo en la gestión de personas y recursos. Mientras, siempre queda la iniciativa de los equipos directivos para que, dentro de las limitaciones expuestas, aprovechen algunas nuevas regulaciones establecidas por las comunidades autónomas [4] que permiten, en ocasiones, proponer perfiles profesionales o proyectos propios, aunque siempre supeditados a la aprobación de la administración educativa.

 


 

 

[1] El informe Education at Glance 1998 indica en el gráfico E5.2 que, en el caso de España, gran parte de las decisiones en “Planificación y estructuras” se transfieren a un nivel administrativo superior.

[2] El centro público, al ser creado por la administración es dotado de unas competencias, que ejerce conforme al marco legal y reglamentario en el que se regulan. Algunas le serán transferidas por desconcentración, y entonces las ejercitará en nombre propio, aunque como unidad desconcentrada que es, la titularidad corresponderá a la organización personificada o sea a la Comunidad Autónoma.

[3] Ver el estudio sobre la autonomía de la escuela pública en el que se propone la posibilidad de explorar la figura de las fundaciones públicas para casos que, convenientemente justificados (centros de atención prioritaria, proyectos educativos experimentales), requieran mayor autonomía en la gestión de recursos tanto personales como materiales, con la conveniente articulación de un sistema de rendición de cuentas. Sancho Gargallo, M.A. (2015) La autonomía de la escuela pública. Madrid. Iustel.

[4] Ver Decreto 102/2010 de autonomía de los centros educativos de Cataluña y Orden 3814/2014 de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid.